¿Es obligatorio el Seguro de Accidente de Convenio?

By 2 noviembre, 2021Actualidad, Artículos

Es normal que al comienzo de una andadura profesional los empresarios estén un poco desorientados en cuanto a cuáles son los riesgos de su negocio que deben cubrir. Por ello, contar con una correduría de seguros cualificada te agilizará el proceso de proteger lo más importante de tu empresa, en este caso, los trabajadores con el seguro de accidente convenio.

Seguro de Accidente Convenio

La póliza de accidente convenio es el seguro que cubre las indemnizaciones por accidente de los trabajadores. Este seguro de accidente protege a todos los empleados incluidos en el TC2 de la empresa (documento donde aparecen los empleados de alta en la Seguridad Social), independientemente de cuántos hubiera en el momento de contratación de la póliza colectiva.

¿Es obligatorio el seguro de accidente convenio?

La obligación de contratar una póliza de accidente convenio dependerá del convenio colectivo por el que se rige la empresa. Por ejemplo, en el sector de la construcción el seguro de convenio colectivo es obligatorio.

¿Y si no tengo contratado el seguro de accidente obligatorio?

Si un trabajador sufriera un accidente y la empresa no contara con una póliza de convenio siendo obligatoria, la responsabilidad recaería sobre el empresario.

En este caso las sanciones al empresario pueden llegar hasta los 187.000 euros. Además, el gerente o director de la empresa tendrá que pagar con sus bienes y patrimonio la indemnización al trabajador, provocando por norma general el cierre de la empresa.

¿Cuánto cuesta un seguro de accidente convenio?

El coste del seguro de accidente de convenio varía dependiendo de la obligación del convenio, del sector, de los capitales asegurados, el número de trabajadores y del riesgo de estos. No corre mismo peligro un trabajador de la construcción que un trabajador en una oficina.

Coberturas del seguro de accidentes de convenio

Las coberturas de la póliza de accidente convenio van en función al sector de la empresa. Al igual que también se establecen los ámbitos de coberturas.

Las coberturas más habituales son:

  • Muerte por accidente.
  • Incapacidad permanente total
  • Incapacidad absoluta.
  • Enfermedad profesional.
  • Enfermedad común.

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